Violación grupal en Palermo: condenaron a cuatro de los jóvenes acusados y otros dos fueron absueltos

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La Justicia dispuso penas de seis años para dos de los involucrados y de un año para los otros dos.

Cuatro jóvenes fueron condenados por el caso ocurrido en febrero de 2022 en Palermo: dos a cuatro seis años de prisión y otros dos, a uno.

Dos jóvenes fueron condenados esta tarde a seis años de prisión y otros dos a un año por el abuso sexual grupal de una joven de 21 años cometido en febrero de 2022 en el interior de un auto estacionado el barrio porteño de Palermo.

Las penas más altas impuestas por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 24 recayeron sobre Lautaro Dante Pasotti (25) y Ángel Pascual Ramos (24), y las más bajas en Thomas Fabián Domínguez (23) y Alexis Steven Cuzzoni (21); mientras que Ignacio Retondo (24) y Franco Jesús Lykan (24) quedaron absueltos.

Los jueces Gabriel Vega, Gustavo Valle y Domingo Altieri, del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°14 de la Capital Federal, comunicaron la sentencia este viernes y dieron por terminado el juicio, que había arrancado en septiembre pasado. Lykan y Retondo recuperaron inmediatamente la libertad, mientras que los condenados volverán al penal donde están alojados, donde deberán cumplir la condena y esperar las respectivas apelaciones de sus abogados defensores. Los fundamentos del fallo se conocerán el 26 de febrero de 2024.

Los jueces condenaron a seis años de prisión a Ángel Pascual Ramos (la fiscalía había pedido 13) y a Lautaro Dante Ciongo Passotti (el fiscal Fernando María Klappenbach había solicitado 12) al considerarlos autores del delito de “abuso sexual con acceso carnal”.

Con respecto a Thomas Fabián Domínguez y Steven Alexis Cuzzoni, los jueces les fijaron una pena de un año de prisión a cada uno por el delito de “abuso sexual simple”. Aunque Retondo y Lykan fueron absueltos del delito de abuso, al segundo lo condenaron a seis meses de prisión al considerarlo responsable del delito de lesiones leves por haber golpeado a un testigo.

El Tribunal determinó que una vez que quede firme el fallo se remitirá al Banco Nacional de Datos Genéticos el perfil de ADN de los cuatro condenados obtenido en la investigación para incorporarlo, como dispone la ley, al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

Además, durante la última jornada y antes de las últimas palabras de los acusados, las defensas sostuvieron su pedido de nulidad del alegato de la querella. La fiscalía había considerado que la exposición era nula. En su veredicto, el Tribunal, por mayoría, declaró la nulidad del alegato.

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